MOS 2.0 (Módulo de Gestión de Casos 2.0): ¿qué es y cómo solicitarlo por Internet?

Autor : Krzysztof Graman
Fundador del Centro Polaco de Residencia. En el día a día, se ocupa de casos relativos a la legalización de residencia y trabajo de extranjeros en Polonia y representa a extranjeros ante las autoridades administrativas.
Este artículo se ha elaborado a partir de la legislación y el material oficial de la Oficina de Extranjería.
Situación jurídica y de hecho a: 19 de abril de 2026.
MOS 2.0 – ¿Qué es el Módulo de Tratamiento de Casos 2.0?
MOS 2.0 (Módulo de Servicio para Casos 2.0) es el nuevo sistema TIC de la Oficina de Extranjeros (UdSC), que permite presentar en línea determinadas solicitudes de residencia. En la práctica, esto significa pasar de un modelo de presentación en papel a un modelo electrónico.
A partir del 27 de abril de 2026, las solicitudes de permisos de residencia temporal, permanente y de larga duración en la UE se presentarán, por regla general, electrónicamente a través del portal UdSC. Sin embargo, ten en cuenta quealgunos casos deresidencia temporal han quedadoexcluidos de esta modalidad y siguen requiriendouna solicitud en papel.
Los principios de la MOS 2.0 se rigen por el Art. 225a-225i Ley de Extranjería1 (en adelante: la Ley).
Módulo de Tramitación de Casos 2.0: ¿qué solicitudes pueden presentarse por Internet?
Según la Ley, el MOS 2.0 se utiliza para las solicitudes en línea de:
- permiso de residencia temporal, en particular:
1.1 residencia temporal y trabajo;
1.2 residencia temporal a efectos de empleo altamente cualificado (tarjeta azul UE / tarjeta azul);
1.3 residencia temporal por motivos de estudios;
1.4 residencia temporal por motivos de trabajo;residencia temporal por otras circunstancias; - permiso de residencia permanente,
- permiso de residencia para un residente de larga duración en la UE.
MOS 2.0: ¿qué solicitudes se siguen presentando en papel?
A pesar del lanzamiento de MOS 2.0, no todos los casos de residencia temporal pueden presentarse electrónicamente. Se siguen presentando solicitudes en papel de permisos de residencia temporales:
- con el fin de realizar un trabajo en el marco de un traslado intraempresarial;
- para la movilidad de larga duración de un directivo, especialista o trabajador en prácticas en el marco de un traslado dentro de la empresa;
- si el extranjero al que se refiere la solicitud reside fuera de Polonia:
3.1 para la reagrupación familiar;
3.2 para un miembro de la familia de un ciudadano de la República de Polonia, de un ciudadano de un país de la UE o de un ciudadano del Reino Unido cubierto por el Acuerdo de Retirada;
3.3 para un extranjero que conviva en vida familiar en el sentido del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales con un ciudadano de la República de Polonia, un ciudadano de un Estado de la UE o un ciudadano del Reino Unido cubierto por el Acuerdo de Retirada.
Se trata de excepciones legales a la presentación electrónica de solicitudes de residencia.
¿Cómo presentar una solicitud a través del MOS 2.0 paso a paso?
A continuación describimos cómo funciona en la práctica la presentación MOS 2.0.
Paso 1. Crear una cuenta en MOS
Para iniciar el procedimiento, el extranjero debe crear una cuenta individual con el
Sistema MOS. También se puede crear una cuenta:
- padre o madre de un menor extranjero,
- guardián del extranjero,
- tutela de un menor extranjero no acompañado.
Para crear una cuenta en el portal MOS 2.0 es necesario registrarse a través de login.gov.pl. En la práctica, esto significa que se requiere un Perfil de Confianza activo y un número PESEL para utilizar el sistema.
Por lo tanto, antes de iniciar una solicitud a través de MOS 2.0, merece la pena tener cuidado de antemano:
- obtener un número PESEL,
- configurar y activar un perfil de confianza.
Consejo práctico: la cuenta MOS debe estar asignada a la persona correcta. Sin iniciar sesión a través de login.gov.pl, no será posible pasar a las siguientes fases de la solicitud.
Paso 2. Selecciona el tipo de aplicación adecuado
Selecciona el procedimiento adecuado en el sistema:
- residencia temporal,
- residencia permanente,
- residencia de un residente de larga duración en la UE.
Paso 3. Completa los datos y adjunta los anexos
MOS 2.0 permite presentar una solicitud y sus anexos electrónicamente. A continuación, los datos se transfieren a la denominada Base de DatosPreliminar MOS, donde el gobernador comprueba la corrección del formulario y las posibles deficiencias formales.
En algunos casos, no basta con adjuntar un escaneado del documento. Si la solicitud requiere un documento adjunto firmado por el empleador, el proveedor de estudios o el organizador de las prácticas o el voluntariado, dicho documento deberá firmarse electrónicamente o con un perfil de confianza y cargarse a través del sistema MOS. Sin la firma requerida, el sistema no permitirá que la solicitud se presente correctamente.
Al cumplimentar la solicitud, tendrás que indicar la dirección de correo electrónico de tu empresa o universidad y el sistema enviará un enlace al anexo correspondiente para que lo cumplimentes y firmes. El enlace será válido durante 30 días.
Consejo práctico: los anexos deben ser legibles, estar completos y ajustarse a los requisitos del caso. Todos los documentos en papel deben convertirse previamente a formato digital, ya sea un escaneado o una fotografía nítida y de buena calidad. También hay que tener en cuenta los límites técnicos del sistema: el tamaño máximo de una fotografía es de 2,5 MB, el tamaño máximo de otro archivo adjunto es de 10 MB y el tamaño total de todos los archivos adjuntos no puede superar los 50 MB. Para la foto de la solicitud, el archivo JPG debe tener al menos 684 × 883 píxeles con una relación de aspecto de 35 × 45 mm. Los archivos ilegibles, incompletos o excesivamente grandes pueden dar lugar a una petición de información complementaria.
Paso 4. Firma la solicitud electrónicamente
Tras rellenar los datos y añadir los anexos, la solicitud debe firmarse electrónicamente y enviarse a través del sistema. En la práctica, para la mayoría de los usuarios la herramienta clave aquí será el Perfil de Confianza, utilizado por login.gov.pl para confirmar la identidad y firmar documentos electrónicos.
Consejo práctico: la firma electrónica debe ser estampada por una persona autorizada. Se acepta la asistencia en la preparación de la solicitud, pero esto no significa que otra persona pueda entrar y firmar el documento en nombre del extranjero utilizando sus datos.
Paso 5. Túenviar solicitud a través de MOS
Una vez firmada y enviada, la solicitud entra en el sistema. Una vez enviado correctamente el formulario, el usuario puede descargarunReciboOficial(UPO). También pueden aparecer en el sistema estados técnicos como «En espera desincronización« y «Enviado». El estado «Presentado» significa que la solicitud ha sido enviada al sistema y hay que esperar a las siguientes fases del caso.
Nota práctica: una vez enviada una solicitud, no es posible deshacerla o editarla tú mismo en el sistema MOS. Por lo tanto, antes de firmar el formulario, es aconsejable comprobar cuidadosamente la exactitud de los datos, la integridad de los documentos y la correspondencia del contenido de la solicitud con la base correcta para la residencia.
Paso 6. A la espera de nuevas medidas de la autoridad
Lamentablemente, presentar una solicitud por Internet no significa que no haya que ir a la oficina. Los casos siguen siendo necesarios:
- apariencia personal,
- presentación de documentos originales,
- toma de huellas dactilares.
Consejo práctico: una vez presentada la solicitud, conviene comprobar regularmente la correspondencia y responder a las llamadas de la oficina. El mero envío del formulario a través del portal no completa todo el procedimiento.
¿Qué ocurre después de que MOS 2.0 envíe una solicitud?
Presentar una solicitud en línea no significa que el procedimiento esté completo. Una vez que la solicitud haya sido verificada y aprobada por un empleado de la oficina provincial (UW), el extranjero podrá descargar del sistema un certificado de solicitud de permiso de residencia, que sustituirá al sello existente en el pasaporte. Este certificado confirmará la legalidad de la estancia en territorio polaco, pero no dará derecho a cruzar la frontera.
En el curso posterior del caso, el gobernador citará al extranjero para:
- apariencia personal,
- presentación del original de un pasaporte válido,
- presentación de huellas dactilares y muestra de firma,
- para completar la información contenida en la solicitud,
- adjunta documentos adicionales.
Consejo práctico: una vez presentada la solicitud, conviene comprobar regularmente la correspondencia y responder a las llamadas de la oficina. El mero envío del formulario por parte de la MOS no elimina el contacto con la oficina provincial ni exime de otras obligaciones en el caso.
¿Es obligatorio el MOS 2.0?
Sí, para los casos cubiertos por el sistema MOS, las solicitudes sólo se presentan electrónicamente a través del portal MOS. Sin embargo, algunos casos de residencia temporal han quedado excluidos del sistema y siguen requiriendo una solicitud en papel.
¿Qué hacer cuando MOS 2.0 no funciona?
La Ley proporciona una solución en caso de fallo del sistema. Si un fallo de funcionamiento del MOS impide que una solicitud se presente a tiempo, podrá presentarse a más tardar el tercer día laborable después de que se haya subsanado el fallo. En este caso, la solicitud se considerará presentada el primer día de funcionamiento defectuoso del sistema.
Se trata de una salvaguardia muy importante para quienes presentan la solicitud al final de su periodo de residencia legal. No obstante, es importante señalar que la información sobre fallos del sistema, interrupciones técnicas previstas y restablecimiento del portal debe publicarse en el sitio web de la UdSC2.
¿Significa MOS 2.0 el fin de las solicitudes en papel?
No. El MOS 2.0 introduce el principio de la presentación electrónica de muchas solicitudes de residencia, pero no de todas. Algunos casos de residencia temporal siguen requiriendo una solicitud en papel.
Los problemas más comunes al presentar una solicitud a través de MOS 2.0
- sin número PESEL – sin él, puede que no sea posible configurar un Perfil de Confianza y utilizar el sistema,
- sin Perfil de Confianza – sin autenticación a través de login.gov.pl no es posible realizar todo el procedimiento,
- Problema con login.gov.pl: las dificultades para iniciar sesión o firmar la solicitud pueden impedir que se presente a tiempo,
- falta de un documento adjunto firmado electrónicamente por el empresario o la universidad: en algunos casos, sin dicho documento adjunto, el sistema bloqueará la presentación correcta de una solicitud,
- Archivos adjuntos escaneados incorrectamente: los escaneados ilegibles, los documentos que faltan o los archivos demasiado grandes pueden causar problemas formales,
- Elección errónea de la base de residencia: un tipo de solicitud erróneo puede dificultar la tramitación del expediente,
- la suposición errónea de que todo puede hacerse sin visitar la oficina: puede seguir siendo necesaria una visita a la oficina provincial después de enviar la solicitud.
¿No tienes un número PESEL o un perfil de confianza?
Te ayudaremos a organizarlo. Escríbenos
Aspectos destacadosde la MOS 2.0 – resumen
MOS 2.0 / Módulo de Gestión de Casos 2.0 es un nuevo portal para solicitudes de residencia en línea. A partir del 27 de abril de 2026, las solicitudes de residencia permanente, de residencia de larga duración en la UE y, por regla general, las solicitudes de residencia temporal, salvo excepciones legales, se presentan a través del portal electrónico de la UdSC. El usuario tiene que crear una cuenta, rellenar los datos, adjuntar documentos y firmar la solicitud electrónicamente. En algunos casos, también será necesario obtener un anexo firmado electrónicamente por el empleador, la universidad o el proveedor de prácticas o voluntariado. En caso de fallo del sistema, la Ley prevé la protección del término.
¿Tienes preguntas o necesitas ayuda con tu solicitud a través de MOS 2.0? Ponte en contacto con nosotros: te ayudaremos a preparar tus documentos y a seguir el procedimiento paso a paso.
FAQ –Preguntas frecuentes sobre MOS 2.0
1 ¿Qué es MOS 2.0?
MOS 2.0 es el nuevo Módulo de Gestión de Casos, un sistema TIC para la presentación en línea de solicitudes de residencia seleccionadas en Polonia.
2. ¿desde cuándo funciona el MOS 2.0?
Según los anuncios oficiales, el sistema se puso en marcha el 27 de abril de 2026.
3 ¿Qué solicitudes puedenpresentarse a través de MOS 2.0?
A través de la MOS, se pueden presentar solicitudes para:
- residencia temporal,
- residencia permanente,
- residencia de un residente de larga duración en la UE.
4. ¿se necesita un perfil de confianza para MOS 2.0?
Sí, el registro en el sistema MOS y la firma de la solicitud se realizan utilizando los métodos disponibles en login.gov.pl.
Una firma reconocida es aceptable para firmar una solicitud, pero no te da derecho a crear una cuenta en el sistema MOS.
5. ¿se necesita un PESEL para MOS 2.0?
El inicio de sesión en el sistema MOS se realiza a través de login.gov.pl. Como para configurar un Perfil de Confianza se necesita un número PESEL, en la práctica se necesita un PESEL para utilizar el sistema.
6. ¿el anexo del empresario o de la universidad debe firmarse electrónicamente?
Sí. Si un caso requiere que el empleador, la universidad o el proveedor de prácticas o voluntariado firme un documento adjunto, dicho documento debe firmarse electrónicamente o con un Perfil de Confianza y cargarse a través del sistema MOS. Sin el anexo requerido, el sistema bloqueará el envío de la solicitud.
7. ¿Es posible presentar una solicitud a través del MOS 2.0 sin salir de casa?
La solicitud puede prepararse y enviarse por Internet, pero en muchos casos puede seguir siendo necesario personarse en la oficina, por ejemplo, para presentar documentos o para que te tomen las huellas dactilares.
8. ¿es posible mejorar una solicitud después de haber sido enviada por MOS 2.0?
No. Una vez firmada y enviada una solicitud, el sistema MOS no prevé la posibilidad de revocarla o editarla de forma independiente. Por lo tanto, es aconsejable comprobar detenidamente los datos, los anexos y la base de residencia antes de firmar el formulario.
9. ¿qué ocurre después de que la solicitud sea enviada por MOS 2.0?
Una vez enviada la solicitud, el usuario puede descargar la UPO. Después, una vez que la solicitud haya sido verificada y aprobada por un empleado de la oficina provincial, aparecerá en el sistema un certificado de solicitud. Este certificado confirma la legalidad de la estancia en territorio polaco, pero no da derecho a cruzar la frontera. En el curso posterior del caso, el gobernador provincial también citará al extranjero para que comparezca en persona, presente su pasaporte, presente sus huellas dactilares o complete la documentación.
10. ¿qué hacer si el sistema MOS no funciona?
Si un fallo impide presentar la solicitud a tiempo, la ley permite presentarla hasta 3 días laborables después desubsanar elproblema, con efectos a partir de la fecha del fallo.
Asegúrate de que el fallo es declarado oficialmente por la UdSC. En caso contrario, la Autoridad podrá denegar la solicitud. En caso de problemas técnicos, ponte en contacto con nosotros.
11. ¿es obligatorio el MOS 2.0?
Sí, para las categorías de permisos indicadas, la solicitud debe hacerse electrónicamente sólo a través del portal MOS.
12. ¿puede un abogado ayudar en la presentación de una solicitud de MOS 2.0?
Sí, el apoyo de un abogado profesional puede ser muy útil en la fase de selección de la base de residencia, preparación de documentos y comprobación de la corrección de la solicitud.
Sin embargo, no puede entrar en el sistema MOS en lugar del extranjero utilizando su Perfil de Confianza ni firmar la solicitud con los datos de otra persona. Utilizar los medios de identificación electrónica de otra persona o la firma electrónica de otra persona puede acarrear una multa, una restricción de libertad o una pena de prisión de hasta tres años. La base es el Art. 40 y 40a de la Ley de Servicios Fiduciarios e Identificación Electrónica3. La UdSC y el portal gov.pl también indican que no facilites los datos de acceso a login.gov.pl a nadie.
¿Tienes preguntas sobre MOS 2.0?
En la consulta te explicaremos paso a paso: cómo presentar la solicitud, qué documentos preparar y qué evitar. Escríbenos y apúntate a una consulta.
Base jurídica:
Ley de Extranjería de. 12 de diciembre de 2013. (Diario de Leyes 2025, punto 1079).
Oficina de Extranjeros – información sobre MOS 2.0
Oficina de Extranjeros – Preguntas y respuestas sobre el MOS
