Si deseas cambiar de trabajo, conviene analizar las formas de empleo vigentes, especialmente en el caso de que el empleador te deje a ti la elección.
¿No sabes qué contrato es el más ventajoso para ti? Consulta los tipos de contrato más populares y sus ventajas y desventajas.
Contrato de trabajo
Una declaración coincidente de voluntad de las partes, en virtud de la cual una parte (el trabajador) se compromete a prestar, de forma continua y repetida, en favor de la otra parte (el empleador), un trabajo de un tipo determinado. La otra parte, a cambio, empleará al trabajador a cambio de una remuneración.
Ventajas del contrato de trabajo:
- el trabajador puede disfrutar de los derechos que le corresponden con arreglo a las disposiciones del código laboral (p. ej., vacaciones anuales)
- el empleador está obligado a pagar las cotizaciones a la seguridad social
- protección frente a la rescisión del contrato
- garantía de un salario mínimo por el trabajo, conforme a la normativa vigente sobre el salario mínimo
- derecho a una remuneración adicional por las horas extraordinarias
Desventajas del contrato de trabajo:
- el trabajador no puede encomendar la realización de su trabajo a otra persona
- el lugar y el horario de trabajo están estrictamente determinados
- trabajo bajo la supervisión de la dirección
Contrato de encargo
En el caso del contrato de encargo, el encargado (la persona que acepta el encargo) se compromete a realizar un acto jurídico determinado para el comitente (la persona que da el encargo).
Ventajas del contrato de encargo:
- no crea una relación de subordinación
- puede celebrarse de forma verbal, aunque la forma escrita es la regla
- cotizaciones a la seguridad social más bajas
- ausencia de un horario de trabajo estrictamente determinado
Desventajas del contrato de encargo:
- el contrato puede ser no remunerado
- no se aplican las disposiciones del código laboral sobre la protección del salario. El encargado solo tiene derecho a la remuneración estipulada en el contrato
- no existe obligación de confirmar la finalización de la colaboración
- el período trabajado con un contrato de encargo no computa para la antigüedad
- para conocer de las reclamaciones es competente el tribunal civil; no hay trato preferente para el encargado en materia de tasas judiciales.
Contrato de obra
Contrato en el que el aceptante del encargo se compromete a realizar una obra determinada y el comitente a pagar la remuneración.
Ventajas del contrato de obra:
- el aceptante del encargo tiene libertad respecto al lugar, tiempo y modo de realización de la obra
- el aceptante del encargo no tiene que realizar la obra personalmente (salvo que se estipule en el contrato)
- trabajo realizado sin dirección jerárquica
Desventajas del contrato de obra:
- no se aplican las disposiciones del código laboral sobre la protección del salario
- para conocer de las reclamaciones es competente el tribunal civil; no hay trato preferente para el aceptante del encargo en cuanto al pago de las tasas judiciales
- el riesgo relativo a la ejecución y calidad de la obra recae en el aceptante del encargo
